La normativa de un parking público en España
La normativa de un parking público está regida en nuestro país por la Ley 40/2002 de 14 de Noviembre, esta Ley regula el Contrato de Aparcamiento de Vehículos (LRCAV), en este post repasamos los fundamentos de esta normativa y despejamos algunas dudas legales acerca de los parkings públicos.
Definición de parking público según la Ley
La Ley de Contrato de Aparcamiento de Vehículos define el estacionamiento público como “un espacio en un local o recinto del que es titular una persona, que cede, como actividad mercantil, para el estacionamiento de vehículos de motor, con los deberes de vigilancia y custodia durante el tiempo de ocupación, a cambio de un precio determinado en función del tiempo real de prestación del servicio”.
Como se desprende de la Ley, la vigilancia y custodia de un parking es obligatoria en todos los casos.
Los tipos de parking según la Ley
Se distinguen dos tipos de parking legalmente, sin los siguientes:
- Estacionamiento con reserva de plaza: Son los parkings en los que cada vehículo tiene reservada una plaza concreta. Son habituales en comunidades de vecinos.
- Estacionamiento rotatorio: No existen plazas dadas de antemano. Son comunes en grandes almacenes y sitios públicos.
La diferencia suele estar en el carácter del edificio, si es un edificio de uso público el estacionamiento será rotatorio, para edificios privados como comunidades de vecinos se suele utilizar la modalidad de estacionamiento con reserva.
El contrato de aparcamiento según la normativa de un parking público
En un contrato se pueden introducir todo tipo de cláusulas que entren en el detalle del servicio, sin embargo se prevén 5 normas obligatorias que regulan todo tipo de estacionamientos.
- El usuario debe disponer de un acceso suficiente como para aparcar en su plaza
- Todos los usuarios deben recibir un resguardo donde se indique el día y la hora de entrada
- El coche debe ser entregado en el mismo estado en el que fue aparcado, de lo contrario, el dueño del vehículo tendrá la posibilidad de solicitar una restitución económica
- El parking debe comunicar de forma clara sus tarifas, el precio por minuto, los horarios y las normas de uso de su espacio para aparcar.
- Es obligatorio que los aparcamientos públicos dispongan de formularios de reclamaciones para sus usuarios.
Todas estas normas deben ser observadas y cumplidas tanto por los responsables del parking como por los usuarios.
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